Si tienes una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea y has vivido legalmente en España durante al menos cinco años, es posible que te interese cambiar tu régimen al de residencia de larga duración.
Vamos a explicarte en detalle cómo realizar este cambio, qué requisitos debes cumplir, cuál es el procedimiento a seguir.
¿Quieres saber más sobre cómo regularizar tu situación como familiar de ciudadano UE? Si estás empezando tu proceso y aún no has solicitado la tarjeta comunitaria, te recomendamos leer nuestro artículo sobre la reagrupación familiar en régimen comunitario, donde explicamos todo el proceso desde el principio.
¿Qué implica cambiar de régimen comunitario a residencia de larga duración?
Cambiar tu tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE por una autorización de residencia de larga duración significa dejar de estar vinculado a esa relación familiar para obtener un permiso individual y autónomo que te permite residir y trabajar en España sin necesidad de renovar periódicamente tu residencia por circunstancias personales.
Este cambio también garantiza una mayor estabilidad ante situaciones como:
- Divorcio o separación con el ciudadano comunitario.
- Fallecimiento del familiar UE.
- Salida del familiar comunitario de España.
En todos estos casos, la residencia de larga duración te permite mantener tu estatus legal en España de forma independiente.
Requisitos para acceder a la residencia de larga duración-UE tras una tarjeta comunitaria
Conforme al artículo 176 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), puedes solicitar la residencia de larga duración si cumples los siguientes requisitos:
- Haber residido legal y continuadamente en España durante al menos cinco años, incluidos los períodos con tarjeta comunitaria. Se permiten ausencias temporales: hasta 6 meses seguidos, y un máximo de 10 meses en total durante los 5 años. En casos justificados por motivos laborales, se permiten hasta un total de 18 meses durante los cinco años.
- Acreditar medios económicos suficientes, que pueden justificarse de estas maneras:
- Si trabajas por cuenta ajena: contrato de trabajo y las últimas tres nóminas.
- Si eres autónomo: declaraciones trimestrales del IRPF (modelo 130 o 131).
- Si no trabajas: certificado de saldo bancario, movimientos de los últimos seis meses y justificación de su origen.
- Contar con seguro de asistencia sanitaria: Debes contar con asistencia sanitaria:
- Si estás trabajando, se entiende cubierta por la Seguridad Social.
- Si no trabajas, tendrás que contratar un seguro privado completo sin copagos.
- No tener antecedentes penales.
Procedimiento para solicitar la residencia de larga duración
El procedimiento para obtener la residencia de larga duración-UE es el siguiente:
1. ¿Dónde se presenta la solicitud?
- Si estás en España: Debes presentar tu solicitud ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides habitualmente.
- Si estás fuera de España: Debes presentarla personalmente en el consulado español correspondiente a tu lugar de residencia. El consulado remitirá tu solicitud a la Oficina de Extranjería de la provincia donde tengas previsto fijar tu domicilio en España.
2. ¿Cuándo presentar la solicitud?
La solicitud debe realizarse en los siguientes plazos:
- Preferiblemente, durante los dos meses anteriores a la fecha de caducidad de tu actual autorización de residencia.
- También se admite la presentación hasta tres meses después de su expiración, aunque en este caso puede iniciarse un procedimiento sancionador por presentar la solicitud fuera de plazo.
Importante: Presentar la solicitud en cualquiera de estos plazos prorroga automáticamente la validez de tu tarjeta anterior hasta que se resuelva el procedimiento.
No obstante, si ya tienes una autorización de residencia en vigor y cumples los requisitos que hemos expuesto anteriormente, no se aplican las limitaciones de plazo anteriores.
3. Documentación necesaria
Al presentar la solicitud, debes acompañarla de la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud (Formulario EX17) debidamente cumplimentado
- Pasaporte en vigor (copia completa).
- Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente.
- En el caso de titulares de una Tarjeta Azul-UE que hayan residido en otro Estado miembro: documentos que acrediten esos periodos de residencia y el tipo de permiso (estudios, alta cualificación, investigación, protección internacional, etc.).
- Acreditación de recursos económicos suficientes, tanto para ti como, si procede, para tus familiares a cargo.
- Seguro médico público o privado, si no estás afiliado a la Seguridad Social.
- En su caso, certificado de antecedentes penales del país o países donde hayas residido en los últimos cinco años.
- Comprobante del pago de la tasa 790.
4. Verificación de la solicitud
Una vez presentada la solicitud, la Oficina de Extranjería:
- Comprobará si cumples el requisito de residencia legal y continuada en España durante al menos cinco años.
- Solicitará de oficio tu certificado de antecedentes penales en España y un informe policial sobre tu situación.
5. Posibles causas de denegación
La residencia de larga duración-UE podrá ser denegada si se considera que la persona solicitante representa una amenaza para el orden público o la seguridad pública.
6. Plazo de resolución
La Administración dispone de tres meses para notificar su resolución desde la fecha en que la solicitud haya sido registrada.
Si transcurre ese plazo sin respuesta, se aplica el silencio administrativo positivo, es decir, la solicitud se considera estimada por defecto.
7. Solicitud de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)
Una vez concedida la autorización, deberás acudir personalmente, en el plazo de un mes, a la Comisaría de Policía o la Oficina de Extranjería correspondiente para solicitar la expedición de tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
En tu tarjeta aparecerá la mención “Residente de larga duración-UE” o la abreviatura “RE LARGA DU UE”.
¿Qué pasa si se rompe el vínculo con el ciudadano comunitario?
Muchos extranjeros se preguntan qué ocurre si se divorcian del ciudadano comunitario o si éste abandona España. En estos casos:
- Si ya han pasado más de cinco años de residencia legal con tarjeta comunitaria, puedes solicitar directamente la residencia de larga duración.
- Si no se cumplen los cinco años, podrías tener que acreditar motivos personales (como custodia de hijos) para mantener la tarjeta comunitaria o pedir otro tipo de residencia.
La residencia de larga duración te protege frente a esta incertidumbre, ya que no depende de ningún familiar europeo.
Renovación de la tarjeta de residencia de larga duración
La tarjeta de residencia de larga duración-UE tiene una vigencia inicial de cinco años. Una vez cumplido este plazo, deberá renovarse siguiendo un procedimiento relativamente sencillo, siempre que no se hayan incumplido las condiciones legales para mantener el derecho de residencia.
¿Cuándo debe renovarse?
- Primera renovación: debe solicitarse a los cinco años desde la expedición de la tarjeta.
- Renovaciones posteriores:
- Si el titular es menor de 30 años, las renovaciones deberán realizarse cada cinco años.
- Si el titular ya ha cumplido los 30 años, las renovaciones se harán cada diez años.
Este calendario está previsto para facilitar el mantenimiento del derecho sin exigir trámites innecesarios con demasiada frecuencia.
Plazos y efectos de la presentación
La solicitud de renovación debe presentarse en los dos meses anteriores a la fecha de caducidad de la tarjeta vigente. Presentar la solicitud en este plazo permite prorrogar automáticamente la validez de la tarjeta anterior hasta que se dicte resolución sobre la renovación.
En caso de presentar la solicitud dentro de los tres meses posteriores a la fecha de vencimiento, también se prorrogará la validez de la tarjeta hasta la resolución, aunque este retraso puede dar lugar a un procedimiento sancionador por no haber respetado los plazos establecidos.
Importante: no renovar la tarjeta en plazo no implica la pérdida del derecho de residencia de larga duración-UE. No obstante, sí puede acarrear sanciones.
Documentación requerida para la renovación
Para renovar la tarjeta, será necesario presentar el formulario oficial de solicitud y acompañarlo con los siguientes documentos:
- Pasaporte completo y en vigor, título de viaje o cédula de inscripción.
- Justificante del pago de la tasa 790.
- Una fotografía reciente, conforme a los criterios establecidos para el DNI en España (fondo blanco, de frente, sin gafas oscuras ni elementos que dificulten la identificación).
En conclusión, solicitar la residencia de larga duración tras cinco años con tarjeta comunitaria te permite dejar de depender del vínculo familiar con el ciudadano de la UE y obtener un permiso autónomo, más estable y con menos trámites. Si cumples los requisitos, el procedimiento es claro y su renovación, sencilla. Es una opción recomendable para quienes buscan seguridad jurídica a largo plazo.


